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Guías Publicado el 28 de agosto de 2023 7 min de lectura

Comprar una empresa en España siendo inversor extranjero: guía práctica

España sigue siendo uno de los mercados más atractivos de Europa para inversores extranjeros. Esta guía cubre el marco legal, los aspectos fiscales, los factores culturales y cómo trabajamos con compradores internacionales.

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Blue Mountain Capital

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Blue Mountain Capital | | 7 min de lectura

España es el cuarto mercado de la eurozona por PIB y uno de los más activos en operaciones de M&A middle-market en Europa del Sur. Para inversores del área DACH (Alemania, Austria, Suiza), Reino Unido, Estados Unidos o Latinoamérica, la adquisición de una empresa española puede ser una vía de entrada al mercado europeo, una estrategia de diversificación o simplemente la compra de un negocio de calidad a múltiplos razonables.

Esta guía está pensada para el inversor internacional que está valorando su primera —o segunda— adquisición en España y quiere entender las reglas del juego antes de comenzar.

Inversores de la Unión Europea

Para los inversores con residencia o domicilio social en un Estado miembro de la UE, la adquisición de empresas españolas no tiene restricciones específicas de carácter general. El principio de libre circulación de capitales garantiza el acceso al mercado en igualdad de condiciones que un comprador español.

Existen, no obstante, requisitos sectoriales que aplican a compradores de cualquier nacionalidad: licencias en farmacia, concesiones en infraestructura, autorizaciones en energía y agua. Estos no son obstáculos a la inversión extranjera en particular, sino regulación sectorial de aplicación general.

Inversores de fuera de la UE

España implementó en 2020 (Real Decreto-ley 8/2020, prorrogado y modificado posteriormente) un sistema de screening de inversión extranjera directa (IED) alineado con el Reglamento europeo 2019/452. Este mecanismo establece la obligación de solicitar autorización previa para determinadas inversiones de compradores de países terceros (no UE, no EEE).

La autorización es obligatoria cuando se cumplen cualquiera de estas condiciones:

  • La participación adquirida supera el 10% del capital de una empresa española
  • La inversión supera los €500.000
  • La empresa objetivo opera en sectores sensibles: infraestructura crítica, tecnologías críticas (IA, semiconductores, ciberseguridad, espacio), medios de comunicación, suministro de insumos estratégicos, sector financiero, sanidad pública o sectores con acceso a información sensible

El proceso de autorización es gestionado por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones del Ministerio de Economía. En la práctica, la mayoría de operaciones de M&A middle-market no encuentran obstáculos en este proceso, pero es importante planificarlo desde el inicio para no retrasar el cierre.

Para inversores de Estados Unidos, Reino Unido (post-Brexit) y Latinoamérica, el screening aplica pero raramente bloquea operaciones en sectores no estratégicos como industria, distribución, servicios profesionales o tecnología de aplicación empresarial general.

Aspectos fiscales relevantes

La tributación de la compra

La adquisición de participaciones de una sociedad española está, en general, exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuando se cumplen los requisitos del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores (salvo operaciones que encubran transmisión de inmuebles). Esta exención aplica tanto a compradores nacionales como extranjeros.

Si la operación es un asset deal (compra de activos), la tributación por ITP sí se activa, con tipos que varían entre el 1% y el 4% dependiendo del tipo de activo y la Comunidad Autónoma.

El Impuesto sobre Sociedades (IS)

El tipo general del IS en España es el 25%. Las empresas de nueva creación tributan al 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva. Para una estructura de adquisición en la que el comprador crea una holding española, el régimen de consolidación fiscal permite compensar las pérdidas de la holding (derivadas de los gastos financieros de la deuda de adquisición) con los beneficios de la empresa adquirida.

La deducción de gastos financieros tiene un límite del 30% del EBITDA ajustado (con la posibilidad de trasladar el exceso a ejercicios futuros y un mínimo deducible de €1M), alineado con la Directiva ATAD de la UE.

Convenios de doble imposición

España tiene una red amplia de convenios para evitar la doble imposición. Los más relevantes para inversores internacionales:

  • Alemania, Austria, Suiza: retención reducida sobre dividendos (5-15% según participación)
  • Estados Unidos: Convenio de 1990 (en renegociación); retención general del 15%, reducida al 10% para participaciones >10%
  • Reino Unido: Convenio de 1975 (revisado); retención del 10-15% sobre dividendos
  • Países Latinoamericanos: convenios variables; México, Chile y Colombia tienen convenios activos con tipos reducidos

La planificación de la estructura de la inversión —dónde se domicilia la holding de adquisición— tiene un impacto material en la tributación de los dividendos y las plusvalías en la salida.

Tributación de la plusvalía en la salida

Para una entidad no residente que vende participaciones de una sociedad española, la plusvalía estará generalmente exenta en España si el vendedor reside en un país con el que España tenga convenio de doble imposición y se cumplen los requisitos de participación mínima (5%) y tiempo de tenencia. Sin convenio, tributa al tipo del 19% (ganancias patrimoniales de no residentes).

El factor cultural: lo que no está en los manuales

Las diferencias culturales en los procesos de M&A español son reales y frecuentemente subestimadas por compradores internacionales. Entenderlas puede ser la diferencia entre cerrar una operación y perderla.

La relación viene antes que el proceso. En España, los empresarios raramente venden a alguien en quien no confían. No importa cuánto mejor sea su oferta en términos numéricos: si no has construido una relación de confianza con el vendedor antes de hacer la oferta, tiene un problema. Los procesos de adquisición exitosos en el middle-market español comienzan meses antes de que aparezca ningún documento formal.

La paciencia no es debilidad. Un empresario que tarda seis meses en tomar una decisión que en el mundo anglosajón llevaría seis semanas no está siendo ineficiente: está siendo cauto con algo que ha construido durante décadas. Presionar los tiempos suele ser contraproducente.

La familia importa. Una proporción muy alta de las empresas del middle-market español son negocios familiares. La decisión de venta no la toma una sola persona: involucra a cónyuge, hijos, cuñados, socios de confianza. El comprador que entiende esto y respeta el proceso de consenso familiar cierra más operaciones.

El asesor local es imprescindible. No como intermediario de papel, sino como traductor cultural y facilitador de relaciones. Un buen asesor local (abogado mercantilista, gestor patrimonial de confianza, auditor de referencia del empresario) abre puertas que el comprador extranjero no puede abrir por sí mismo.

Pasos prácticos para un inversor extranjero

  1. Defina su criterio de inversión con precisión. Sector, tamaño (facturación, EBITDA), geografía dentro de España, modelo de gestión post-adquisición (inversor pasivo, activo, con equipo local). Cuanto más preciso sea el criterio, más eficiente será el proceso de sourcing.

  2. Establece presencia o partnership local. Un despacho de abogados con experiencia en M&A, un asesor fiscal que conozca la estructura óptima para su perfil de inversor, y un co-inversor o socio local si planea hacer operaciones recurrentes.

  3. Planifica el screening IED desde el día uno. Si es un inversor de fuera de la UE, no dejes el screening para el final del proceso. Infórmate de los plazos (hasta 6 meses en casos complejos) e inclúyelos en el calendario de cierre.

  4. Asegura la financiación antes de comenzar. Los bancos españoles financian adquisiciones de middle-market (deuda senior, hasta 3-4x EBITDA en sectores favorables), pero el proceso de credit approval lleva tiempo y requiere documentación extensa del comprador.

  5. Respeta el ritmo del vendedor. No es inusual que un proceso de adquisición en el middle-market español dure entre nueve y doce meses desde el primer contacto. Planifica en consecuencia.

Cómo trabajamos con compradores internacionales

En Blue Mountain, una parte significativa de nuestras operaciones involucra co-inversores o compradores internacionales. Tenemos experiencia particular con inversores del área DACH (Alemania, Austria, Suiza) y de Latinoamérica que buscan plataformas de entrada al mercado europeo o español.

Actuamos como puente entre el empresario español y el inversor internacional, facilitando la due diligence y la negociación: gestionamos la comunicación cultural, estructuramos el proceso de forma que sea comprensible para ambas partes, y facilitamos los aspectos de due diligence y negociación que requieren conocimiento local.

Si está valorando la adquisición de una empresa en España, le invitamos a contactarnos. El primer paso es siempre una conversación para entender su perfil inversor y explorar si hay operaciones que encajen con sus criterios.


Ver también: Por qué invertimos solo en España y Middle-market español: cifras que importan.

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